Esta herramienta, consensuada y dirigida a aliviar la situación de los contribuyentes, ofrecerá un plazo de 60 días hábiles, a partir de su promulgación y reglamentación, para que los mismos puedan adherirse al beneficio. El régimen contempla importantes alivios financieros, centrados en la reducción significativa de intereses resarcitorios y punitorios.
Uno de los pilares de la ley es el trato diferenciado, diseñado para atender las distintas realidades económicas:
Para Pequeños Contribuyentes: Podrán regularizar sus deudas en hasta 60 cuotas. Se establece un beneficio extraordinario para quienes realicen el pago al contado: la condonación del 100% de los intereses. Aquellos que opten por un plan de facilidades de pago en cuotas accederán a descuentos proporcionales sobre los intereses.
Para Grandes Contribuyentes: Accederán a una condonación del 60% de los intereses si cancelan su deuda de manera total al momento de la adhesión. Si eligen financiar la obligación, podrán hacerlo en hasta 36 cuotas con una condonación del 20% de los intereses.
El proyecto original, presentado por el Poder Ejecutivo, fue objeto de un profundo análisis y debate en las comisiones legislativas. A instancia de los distintos bloques, se introdujeron modificaciones que permitieron perfeccionar los mecanismos de acceso y los alcances de los beneficios, logrando así una norma robusta y ampliamente representativa de la voluntad de brindar una solución concreta.
“Esta ley es el resultado del diálogo y la responsabilidad institucional. Buscamos, por un lado, dar una oportunidad real a los contribuyentes para que regularicen su situación de manera ordenada y con beneficios sustanciales, y por otro, fortalecer la recaudación provincial con un sentido de justicia y equidad”, destacó el director Ejecutivo de la Agencia de Recaudación Fueguina, Oscar Bahamonde.
Con esta medida, la provincia busca dinamizar la economía formal, proporcionar certidumbre a los contribuyentes y fortalecer el vínculo fiscal sobre la base de la comprensión y el acompañamiento.