En el caso de la mujer imputada, antes de iniciar el juicio oral, el Juzgado de Ejecución le concedió la suspensión del juicio a prueba.
Uno de los imputados, al sumarle el cómputo de una pena anterior, deberá cumplir 9 años de prisión mientras que el restante, también con condena previa, purgará 9 años y 9 meses de prisión.
A los condenados se les atribuyó haberse apoderado ilegítimamente -mediante la utilización de un arma de fuego y con acuerdo previo- de la suma de 430 mil pesos propiedad de un hombre.
La víctima habría sido engañada por una de las imputadas, con quien había acordado previamente la compra-venta de divisas extranjeras mediante un primer contacto en Facebook, el 2 de noviembre de 2023. Luego el contacto siguió de manera telefónica vía WhatsApp.
Ambos coordinaron encontrarse y concretar la operación el 3 de noviembre en una dirección determinada, ocasión en la que la víctima se hizo presente a bordo de su vehículo y reconoció al otro imputado que debía llevar adelante la supuesta compraventa, a quien le permitió que subiera al automóvil.